Marco Regulatorio del Fideicomiso

El fideicomiso en Costa Rica está regulado en el Código de Comercio entre los artículos 633 a 662.

Por otra parte, BICSA FIDUCIARIA es un sujeto obligado de acuerdo con el artículo 15 bis y 15 respectivamente de la Ley 7786, “Ley de Estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, legitimación de capitales y actividades conexas” y por tanto se encuentra inscrito ante la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF) para estos propósitos.

Por otra parte, BICSA FIDUCIARIA ha adoptado como principio básico de operación la aplicación de las mejores prácticas internacionales en la administración de fideicomisos, a fin de asegurarles y garantizarles a nuestros clientes la más adecuada gestión, contando no solo con el personal profesional adecuado, como también con las herramientas e instrumentos tecnológicos de primera línea en acompañamiento con el negocio fiduciario.